Una iniciativa de la Academia de Ciencias Médicas de Bilbao, a la que se suman las siguientes entidades:
Academia de Ciencias de Enfermería de Bizkaia
Consejo de Farmacéuticos del País Vasco
Consejo de Veterinarios del País Vasco
Facultad de Farmacia de la UPV/EHU
Facultad de Medicina y Enfermería de la UPV/EHU
Grado de Medicina de la Universidad de Deusto
Colegio de Enfermería de Bizkaia
Colegio Oficial de Farmacéuticos de Bizkaia
Colegio Oficial de Veterinarios de Bizkaia
Colegio Oficial de Fisioterapeutas del País Vasco
Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia
Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia
The Institute for Health and Strategy (SiHealth)
Real Sociedad Bascongada de Amigos del País – Comisión de Bizkaia
Sociedad Bilbaina
Asociación de Ingenieros Industriales de Bizkaia
Museo Vasco de Historia de la Medicina y de la Ciencia
Asociación Vasca de Historia de la Veterinaria
Asociación Vasca de Salud Mental / Osasun Mentalaren Elkartea
Asociación Mujer Siglo XXI
ANTE EL CAMBIO DE TENDENCIA, DISTINTAS ENTIDADES VASCAS HACEN UN LLAMAMIENTO A LA PRUDENCIA, A PREPARARSE PARA EL PEOR ESCENARIO POSIBLE Y A CUMPLIR CON LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN
De cara a las próximas festividades, desde la sociedad civil organizada, se hace un llamamiento a cumplir, hacer cumplir y a facilitar el cumplimiento de las recomendaciones de las Autoridades Sanitarias. Hay que asumir que quizá resulte necesario un “freno de mano de urgencia” ante un cambio de tendencia epidemiológica que exija escalar las actuales medidas en vigor y prepararse ante el peor escenario a partir de enero de 2021.
El pasado 9 de diciembre de 2020, en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud se adoptó el Acuerdo por el que se prevén medidas de salud pública frente a la COVID-19 para la celebración de las fiestas navideñas y este 10 de diciembre el Lehendakari aprobó el DECRETO 44/2020, recogiendo las siguientes recomendaciones claves:
(1) Encuentros con familiares y personas allegadas: número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes. Con la recomendación de que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia y que no se superen los dos grupos de convivencia.
(2) Limitación de la movilidad nocturna: en las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 y del 31 de diciembre de 2020 al 1 de enero de 2021, la hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación será a las 01:30 horas.
(3) Limitación de la entrada y salida: entre el 23 y el 26 de diciembre de 2020, y entre el 30 de diciembre de 2020 y el 2 de enero de 2021 se permiten los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas de quienes se desplacen, únicamente resulte aplicable en días determinados
(4) Reapertura de la Hostelería: desde las 06:00 a las 20:00.
(5) Actividades y espectáculos culturales: máximo del 50 por ciento con un máximo de 400 personas (en espacios cerrados) y 50 por ciento de su capacidad autorizada, hasta un máximo de 600 personas (espacios abiertos).
Observada la evolución de la pandemia en los últimos días, trasladada por el departamento de Salud del Gobierno Vasco (ralentización de la tendencia bajista, localidades resistentes a un descenso de la incidencia…), así como el cambio en la tendencia epidemiológica y la aceleración de la evolución de la pandemia registrada tras diversas festividades en Canadá (Día de Acción de Gracias, 12 de octubre), Estados Unidos (ídem, 26 de noviembre) y tomando de referencia la escalada de medidas adoptadas por Alemania (13 de diciembre), así como las aplicadas por Israel para mitigar su impacto ante las tres celebraciones religiosas principales de septiembre (18 de septiembre), las organizaciones abajo firmantes
PROPONEN QUE:
I. las instituciones universitarias, academias, colegios profesionales, sociedades científicas, instituciones sanitarias, museos, entidades privadas y resto de los integrantes de la comunidad científica y sanitaria vasca, colaboren con el esfuerzo informativo, de divulgación y educación para la salud, con el objetivo de advertir del riesgo de contagio y fomentar la adhesión a las medidas preventivas.
II. el conjunto de la sociedad vasca tome todas las medidas individuales, familiares y comunitarias para cumplir, hacer cumplir y facilitar el cumplimiento de las medidas de prevención dictadas por las autoridades sanitarias; en virtud del principio del deber de colaboración con las mismas.
III. la Administración, como garante del derecho a la protección de la salud, continúe evaluando y comunicando a la ciudadanía el riesgo inherente de un cambio de tendencia y de la posible escalada de medidas del mencionado Decreto 44/2020, ante las próximas festividades navideñas.
IV. al primer síntoma en Euskadi que indique un cambio de la actual tendencia descendente, se valore de inmediato, al igual que en Francia, Alemania, Reino Unido, Italia, Países Bajos, Bélgica, Polonia y Lituania, lo siguiente:
V. las administraciones públicas con competencias en Salud Pública, el Servicio Vasco de Salud y sus Organizaciones Sanitarias Integradas, mantengan la máxima vigilancia por si fuera necesario intensificar los Planes de Contingencia y activar cuantos mecanismos sean precisos para prepararse ante el peor escenario posible: una situación epidemiológica y de impacto asistencial mayor que la registrada en la primera oleada.
VI. se haga un llamamiento a la ciudadanía a participar en la vacunación, siguiendo las pautas que para ello establezca el departamento de Salud del Gobierno Vasco a medida que vaya disponiéndose de las dosis de las distintas vacunas que están siendo preparadas por los laboratorios farmacéuticos y que toda vez que sean aprobadas por la Agencia Europea del Medicamento, empezarán a ser distribuidas, contando con todas las garantías científicas y de seguridad de cualquier otro medicamento que se comercialice en nuestras farmacias.